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CSJ rechazó pedido de Inconstitucionalidad

CSJ rechazó pedido de Inconstitucionalidad

El máximo tribunal ratificó la decisión del TSJ de la provincia, confirmando que la LEY 9445, es la única que regula y administra todo lo relacionado a la actividad inmobiliaria en la Provincia de Córdoba El último escalón judicial de nuestra Nación, la Corte Suprema de Justicia, ratificó una vez más lo que habían resuelto todas las demás instancias Judiciales, CONFIRMANDO, la Plena Vigencia de la Ley 9445, como única norma con potestad para regular y administrar la actividad los inmobiliarios en la Provincia de Córdoba. El Colegio de Martilleros fue a la Justicia intententando declarar inconstitucional nuestra Ley, y tanto el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba en dos oportunidades, como ahora la Corte Suprema de Justicia de la Nación, rechazaron este pedido y ratificaron la total vigencia de la Ley 9445, más aún, el Órgano Provincial, no sólo rechazó el pedido del Colegio de Martilleros, sino que determinó claramente que existen dos profesionesbien diferenciadas, la de Corredor Inmobiliario y la de Martillero, donde el gobierno y control del ejercicio profesional de los Inmobiliarios lo debe realizar el Colegio Profesional de corredores Públicos Inmobiliarios de la Provincia de Córdoba, CPCPI. Con este nuevo Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se AGOTARON todos los caminos y acciones judiciales que intentaban atacar la Ley 9445, poniendo fin a una vieja disputa estéril que el Colegio de Martilleros inició desde la creación de la Ley, y que hoy queda concluída, sin ninguna posibilidad de poner en duda que el Colegio Profesional de Corredores Públicos Inmobiliarios de Córdoba, es la entidad encargada de administrar y regular la actividad Inmobiliaria en todo el territorio Cordobés. De esta manera, todos los profesionales que se dediquen al corretaje inmobiliario deberán tener una Matrícula CPI habilitante para que puedan seguir ejerciendo legalmente la profesión, asumiendo que el que no lo haga, estará ejerciendo ilegalmente su profesión y no sólo que no podrá cobrar comisión ni honorarios, sino que además serán denunciados penalmente, por ejercicio ilegal de la profesión, como ya ha sucedido anteriormente. UNA VEZ MÁS…. todas las instancias Judiciales disponibles vigentes en nuestro País ratificaron la constitucionalidad de la Ley 9445, y rechazaron el pedido de Inconstitucionalidad del Colegio de Martilleros, lo que significa que es el Fin del Camino, la única posibilidad de ejercer legalmente la profesión de Inmobiliarios, es con una MATRÍCULA CPI..

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